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¿ Igual hay que colocar la bandera chilena en estas fiestas, aunque estemos en crisis sanitaria?

En cuanto a los locales comerciales, estos no se encuentran obligados a izar la bandera patria.




Si es cierto, vamos a vivir unas Fiestas Patrias especiales producto de la crisis sanitaria y también económica, pero no por eso vamos a dejar de hacer un “embelequito”.

Pero antes de pensar en la “comilona” hay que tener presente la correcta instalación de la bandera, porque de no ser así puede pagar una multa, aunque estemos en pandemia, que va desde 1 a 4 UTM. Es decir de 40 mil a 200 mil pesos aprox.,  por ello vale la pena aprender cómo, cuándo y dónde instalar el emblema patrio. 

Según el Decreto Supremo N°1.534 la manera correcta de izar la bandera es en un mástil de color blanco a tope, jamás a media asta. Si no se tiene acceso a un mástil, se puede colgar en una ventana o balcón de forma vertical u horizontal, siempre que la estrella vaya en la parte superior izquierda del observador.

Todo el año puede estar puesta la bandera, pero es obligatorio los días 21 de mayo, 18 de septiembre y 19 de septiembre en todos los hogares. En el caso de villas, y condominios, se acepta que se use una bandera por todo el conjunto habitacional. Lo importante es que el emblema esté en el lugar más visible posible.

En cuanto a los locales comerciales, estos  no se encuentran obligados a izar la bandera patria, puesto que la normativa solo hace referencia a las casas particulares.

Aldo y alsina
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