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Foto segundo retiro

Proyecto “Segundo Retiro de las AFPs” : Las nuevas indicaciones que no tenía el primero

El martes se votará en Sala… y vamos avanzando




“Yo le pido al presidente de la Cámara que fije una sesión especial la próxima semana, luego de la votación de la Ley de Presupuesto, porque todo Chile está esperando este segundo retiro”.

Estas fueron las palabras que el presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados (as) dio luego que fuera aprobado,  en la sesión que él dirigía, un nuevo retiro de fondos de pensiones.

Y sus palabras fueron escuchas, porque el proyecto pasará a Sala   y se votará este próximo martes. Eso sí, ahora viene con nuevas indicaciones que hay que saber  y tomar en cuenta:

En una sola cuota                          

Al igual que la vez pasada se estableció un retiro máximo de 150 UF (cerca de $4,3 millones) y un mínimo de 35 UF (cerca de $1 millón). Si los fondos son menores a esta cifra, se podrá retirar la totalidad de ellos.

Eso sí, de ser aprobado el proyecto en Sala y en el Senado,  la entrega de los recursos se efectuará en una sola cuota en un plazo máximo de 30 días hábiles desde que es presentada la solicitud a la correspondiente administradora.

En el primer proyecto, cuando el monto superaba las 35 UF, la entrega del dinero se realizaba en dos cuotas. El primero, luego de 10 días hábiles de realizada la solicitud; y el segundo, tras 30 días hábiles.  

Reintegro voluntario

Los diputados componentes de la comisión dieron luz verde a la indicación de un reintegro de los fondos retirados, mediante una cotización voluntaria adicional de 5% mensual y que el afiliado podrá suspender o discontinuar.

En la primera iniciativa no se contemplaba la opción de reintegrar el dinero extraído.

 Impuesto a la renta

Los integrantes de la comisión aprobaron que los fondos retirados constituyan renta, con la excepción de aquellas personas que tributen en los primeros tres tramos de la ley de impuesto a la renta (menor a 2,5 millones mensuales) y siempre que el monto de retiro sea superior a 35 UF (poco más de 1 millón de pesos).

La remuneración y renta imponible promedio, corresponderá al promedio de las últimas 12 remuneraciones y rentas declaradas en el sistema en los últimos 10 años.

En el caso del primer retiro, la extracción del dinero no constituía renta para ninguno de los afiliados, sin importar el monto que tributen los ciudadanos.

 Transparencia de autoridades públicas

La Comisión de Constitución dio luz verde a una propuesta que no estaba contemplada en la primera reforma, la cual consiste en que las autoridades públicas incorporen en su declaración de intereses y patrimonio la información respecto del primer retiro de fondos previsionales y de este segundo retiro si lo solicitan.

Fuente: Meganoticias

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