Ayer el proyecto del tercer retiro del 10 por ciento de las AFPs dio un importante paso, y es que la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado esta iniciativa, con el objetivo de ayudar de manera efectiva a aquellas personas que se han visto económicamente afectadas por la pandemia.
Es importante destacar que en el proceso se han realizado diversos cambios al texto original, para mejorar la iniciativa y buscar que caiga en manos del Tribunal Constitucional (TC).
El texto considera como afiliado al sistema privado de pensiones a toda persona que pertenezca a dicho sistema, incluidas aquellas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia.
Cabe destacar que los parlamentarios aprobaron una indicación que incluye en el retiro del 10% a los pensionados por rentas vitalicias.
Un punto importante es que no podrán realizar retiro quienes se encuentren en el artículo 38 bis de la Constitución, el cual contempla al Presidente de la República, senadores, diputados, gobernadores regionales, ministros, subsecretarios, delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales, exceptuando a los contratados sobre la base de honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernativas ya indicadas.
El monto máximo de la extracción es de 150 UF ($4,4 millones aproximadamente) y el mínimo de 35 UF ($1 millón aproximadamente).
En el caso de que la totalidad de los ahorros sea inferior a las 35 UF, se podrá sacar todo el dinero de la cuenta.
Sin embargo, lo anterior sólo será válido en caso de que no existan deudas por pensión de alimentos. De no ser así, el dinero será retenido para el pago de la deuda.
Los afiliados podrán solicitar el dinero hasta 365 días después de publicada la reforma constitucional, con independencia de la vigencia del estado de excepción constitucional,
Un dato no menor, y es que la entrega de los fondos se efectuará en un plazo máximo de 15 días hábiles a contar desde que se presenta la solicitud.
Fuente: Meganoticias