Hasta el cierre de esta edición cerca de 2 millones de personas había realizado el trámite de solicitud del retiro del 10 por ciento en las AFPs ¿Pero puede la institución negarme el pago?
Según el gerente general de la Asociación de AFP, Fernando Larraín, “ el fondo previsional no puede decir que no al pago, la AFP no puede negar el pago de un beneficio como éste. Lo que puede decir la AFP es que puede rechazar la solicitud porque el ingreso de la solicitud estuvo mal hecho, por ejemplo, que una persona puso un Rut y el número de serie del Rut no correspondía, o número de serie y Rut están correctos pero la Cuenta Rut o cuenta bancaria ingresada no corresponde a esa persona”, explicó a Radio Cooperativa.
¿ Y qué hacer, si la entidad rechaza mi solicitud?
Se puede realizar una nueva, pero los plazos serían otros, se extenderían. Recordemos que, una vez ingresada la solicitud hay 4 días hábiles por parte del Fondo Previsional , para aceptarla o rechazarla. Si todo está bien “en 10 días” hábiles se hace el primer depósito y en 30 el segundo, en los casos en que la solicitud haya sido “correctamente ingresada”.
Es importante señalar que si el afiliado tiene deuda de pensión de alimentos, se cobrará de este pago (si es que lo solicita). Es el único motivo por el cual, al requerir el retiro, podrían depositarle menos fondos o nada.