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Foto afp provida

¿ Qué falta para que el segundo retiro del 10 % de las AFPs sea ley?

El presidente de la Comisión de Constitución del Senado, Alfonso de Urresti (PS), señaló que este mismo viernes empezarán a ver la iniciativa en la instancia.




Ayer martes 10 de noviembre, por una amplia mayoría la Cámara de Diputados y Diputadas  aprobó la reforma  que permitirá a todos los cotizantes de las Aseguradoras de Fondos de Pensiones (AFP) hacer un segundo retiro del 10 por ciento, tal como ocurrió en julio pasado.

Pero este no es el fin de la historia, porque para ser promulgado falta que el Senado  revise la iniciativa de los diputados Marcos Ilabaca (PS) y Pamela Jiles (PH), que fue aprobada con 130 votos ,  18 en contra  y  2 abstenciones en la cámara baja.

¿ Cuáles son los pasos siguientes?  

La cámara alta deberá revisar el proyecto y le podrá agregar indicaciones, como el impuesto a las personas con rentas más altas, que fue rechazado por la Cámara de Diputadas y Diputados. Si es así, la normativa debería volver a los diputados y diputadas para que analicen y voten alguna eventual modificación.

Por el momento el presidente de la Comisión de Constitución del Senado, Alfonso de Urresti (PS), señaló que este mismo viernes empezarán a ver la iniciativa en la instancia.

Si el proyecto no tiene ninguna modificación y es aprobado en Sala por tres quintos (3/5) del Senado, es decir, con algunos votos del oficialismo, la reforma constitucional quedará en condiciones de ser promulgada por el Presidente de la República.

De todos modos, si el Congreso aprueba el segundo retiro, el Gobierno, que se ha opuesto a esta medida, aún podrá acudir al Tribunal Constitucional (TC) ya que hicieron reserva de constitucionalidad del proyecto, asegurando que vulneraría la facultad exclusiva del Presidente “para fijar, modificar, conceder y aumentar pensiones y demás beneficios económicos, establecer exenciones tributarias y establecer o modificar las normas de seguridad social”.

En este caso, el TC podría invalidar la normativa por no apegarse a las normas de la Constitución.

Fuente: t13

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